PROPUESTAS LOCALES
ASAMBLEA DE VECINOS DE PEDRO MUÑOZ
¿QUÉ
PASA CON EL AGUA DE PEDRO MUÑOZ?
Una de las propuestas locales de
la Asamblea de vecinos de Pedro Muñoz trata sobre los
análisis del agua en nuestra población, por ello, se ha
enviado el siguiente correo electrónico al ayuntamiento, del cual todavía
esperamos respuesta.
COMUNICADO ENVIADO AL AYUNTAMIENTO DESDE LA ASAMBLEA DE VECINOS DE PEDRO MUÑOZ:
Buenas tardes, les envio la consulta realizada al ministerio y
la respuesta de éste sobre la frecuencia de análisis
del agua en nuestra población y la necesidad de transparencia con
respecto a los resultados obtenidos, estamos de acuerdo que se
van colgando los informes de ensayo completos realizados hasta la
fecha, pero nos consta que deben haberse realizado otros 14
análisis entre autocontroles y grifos, que no podemos ver por
ningún lado y según la respuesta del ministerio estamos en nuestro
derecho. Les agradeceríamos tomaran cartas en este asunto
cuanto antes.
CONSULTA AL MINISTERIO:
Buenos días, me pongo en contacto con ustedes para
que me ayuden con una duda que tengo referente al agua de consumo en
una población.
La población donde yo vivo tiene 8500 habitantes,
¿Que frecuencia de análisis del agua sería la correcta? Esta
población no tiene ETAP, sino deposito de distribución de 2000 m3, y ayudándome
del RD 140/2003, obtengo los siguientes análisis por año:
Autocontrol: 6 análisis por año en el deposito de
distribución.
Autocontrol: 2 análisis por año en la red de distribución.
Autocontrol: 2 análisis por año en la red de distribución.
Completo: 1 análisis del deposito distribución.
Completo: 1 análisis de la red de distribución.
Completo: 1 análisis de la red de distribución.
Grifo del consumidor: 6 análisis de grifo de la
red de distribución
¿Estos datos serían correctos?
¿La analíticas deben de estar a disposición de los habitantes de la población?
¿La analíticas deben de estar a disposición de los habitantes de la población?
En espera de su respuesta, reciba un cordial
saludo.
RESPUESTA DEL MINISTERIO:
En respuesta a su consulta señalar que
efectivamente los datos son correctos tal y como se muestra en el Anexo V del
Real Decreto 140/2003.
En virtud del artículo 29. Información al
consumidor de dicho Real Decreto “La información dada a los consumidores
deberá ser puntual, suficiente, adecuada y actualizada sobre todos y
cada uno de los aspectos descritos en este Real Decreto, a través
de los medios de comunicación previstos por cada una de las
administraciones implicadas y los gestores del abastecimiento.”
Además, la disposición adicional quinta señala que
“Las Comunidades Autónomas publicarán periódicamente un Informe
sobre la calidad del agua de consumo humano y las características de
las zonas de abastecimiento de su territorio, con el formato y
contenido que cada una de ellas decida y en base al SINAC.
La Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad y Consumo publicará, anualmente un Informe nacional
sobre la calidad del agua de consumo humano y las características de
las zonas de abastecimiento en base al SINAC, que se remitirá
una vez publicado a La Comisión Europea.”
Atentamente,
Área de Calidad Sanitaria de las Aguas
S.G. Sanidad Ambiental y Salud Laboral
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Área de Calidad Sanitaria de las Aguas
S.G. Sanidad Ambiental y Salud Laboral
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
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